Octubre 02, 2019 | Por: Ismerai Betanzos
La política indigenista inició en México en 1948 con el Instituto
Nacional Indigenista (INI), con una política para integrar a los indígenas al desarrollo, hay que señalarlo, estas
políticas fueron propias de esa época, tan fue así, que en 1958 surgió el
Convenio 107 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre pueblos
indígenas, con esa visión, integrar a los indígenas al desarrollo.
Desde 1948 hasta el 2000, el INI tuvo bajo su responsabilidad
todos los problemas sociales de los pueblos indígenas, el desarrollo social,
los temas educativos, el registro civil, los peritajes antropológicos, la
excarcelación de presos indígenas. La visión del INI tenia un alto componente
antropológico. No fue sino hasta el levantamiento zapatista cuando se
incluyeron los temas de acceso a la justicia y se conformaron grupos
multidisciplinarios para excarcelar indígenas en todo el país, de esto hay
muchas historias, duras todas, aun en nuestros días.
En 1989, surge el Convenio 169 de la OIT poniendo a los pueblos
indígenas como sujetos de desarrollo, garantizándoles su derecho a la
participación en la toma de decisiones y el derecho a la consulta, en 1996
tuvimos los Acuerdos de San Andrés, y en 2001 llegó la Reforma Constitucional,
que recogió puntos importantes de los Acuerdos de San Andrés y éstos, del
Convenio 169, con ello, inició un proceso importante de cambiar la visión del
Estado frente a los pueblos indígenas.
En el 2003, se creó la Comisión Nacional para el Desarrollo de los
Pueblos Indígenas, con el objeto de orientar, coordinar, promover, apoyar,
fomentar, dar seguimiento y evaluar los programas, proyectos estrategias y
acciones públicas para el desarrollo integral y sustentable de los pueblos y
comunidades indígenas, con una infinidad de atribuciones lejos de poder cumplir
con la estructura, el presupuesto y la naturaleza jurídica de la Institución.
A la par, con la Reforma de 2001 se crearon diversas áreas en las
instituciones para atender a la población indígena, en la Procuraduría General
de la República, la Unidad de Atención a Indígenas; en la Secretaría de Salud,
el Área de Medicina Tradicional; en la Secretaría de Medioambiente y Recursos
Naturales, la Unidad de Participación y en la Comisión Nacional de Áreas
Naturales Protegidas, la Dirección de Asuntos Indígenas, entre otros. El reto
era crear políticas públicas para la atención de la población indígena, la gran
reforma constitucional, quedó en áreas administrativas sin presupuesto, sin
personas expertas en el tema y peor aun, sin un marco legal secundario que
permitirá cumplir las aspiraciones de los pueblos indígenas.
La Reforma en materia indígena, quedó en un artículo de la
Constitución y fue prácticamente inoperante, de no ser por algunos Congresos
Locales, que con un importante debate y con mucha voluntad política avanzaron
en un marco jurídico robusto que les permitiera garantizar los derechos de la
población indígena. Oaxaca ya había iniciado en 1994, en los últimos años San
Luis Potosí fue la primera entidad federativa en armonizar su Constitución,
algunas leyes, crear una Ley de Consulta Indígena, reconocer al sujeto
colectivo de los derechos y crear un catálogo de comunidades indígenas, le
siguieron algunos otros Estados y lo único que hicieron fue crear una sola
legislación de derechos, cultura, desarrollo, salud, educación y una infinidad
de temas que han hecho que ,ás de 20 leyes de su
tipo, sean completamente inoperantes.
Es así, que sexenio a sexenio, el enfoque de la política pública
dirigida a la población indígena ha tenido diversos puntos de vista, desde
verlo como un tema de desarrollo social o como un tema de derechos humanos y
seguridad nacional. En el Sexenio de Vicente Fox, la prioridad fueron los
caminos, el Programa de Infraestructura Indígena tuvo un gran impulso, se
visibilizó el tema indígena a nivel nacional y que el Estado mexicano contaba
con una Institucionalidad y un Consejo Consultivo (incluso sirvió de referente
internacional).
En el Sexenio de Felipe Calderón, se planteó un modelo de política
pública basado en la planeación del desarrollo, buscando cómo implementar el
modelo de planeación participativa, se desarrollaron Planes de Desarrollo Microrregionales, se invirtieron importantes recursos en
este modelo participativo; y se promovió ampliamente la armonización
legislativa.
Llegó la Reforma Constitucional en materia de derechos humanos y
fue un momento importante para los grupos específicos de población, en el caso
de la población indígena, se abrió la puerta para cumplir las aspiraciones, el
derecho al desarrollo, los derechos de libre determinación y autonomía y surgió
el caso Cherán, para elegir autoridades por Sistemas Normativos Internos;
asimismo, al Pueblo Wixárika se le concedió una
suspensión por violación a su derecho a la consulta porque la Secretaría de
Economía otorgó concesiones mineras sin consultarles, en el Altiplano Potosino,
Sitio Sagrado de Wirikuta para los Wixaritari. Sin duda la Reforma Constitucional, se asemeja
a ese momento de visibilizar a la población indígena que se dio en 1994.
En el sexenio de Enrique Peña Nieto, la política dirigida a los
pueblos indígenas a inicio del sexenio estuvo enfocado en la infraestructura y
en lo productivo, se crearon clínicas en convenio con IMSS-Prospera, se crearon
mercados para los productos indígenas y marcas colectivas y distintivos para
los sitios turísticos en zonas indígenas, para mediados del sexenio, los temas
institucionales se enfocaron en los derechos humanos y la igualdad de género.
Se generó la mayor mezcla de recursos en la Historia de la institución; sin
embargo, se dio el primer recorte presupuestal, lo que avizoraba una de las
peores crisis para las políticas públicas dirigidas a la población indígena.
En campaña el Presidente Andrés Manuel prometió que “Primero los
Pobres”, dentro de los pobres podríamos identificar a diversos grupos sociales,
sin embargo, en el caso de los pueblos indígenas todos los años vemos las
cifras de pobreza en la Montaña de Guerrero, en la Sierra Rarámuri, en la
Sierra de Oaxaca, en Chiapas, etc.
Esta administración cambió la institucionalidad, desapareció la
CDI y creó el Instituto Nacional de Pueblos Indígenas (INPI), como autoridad
del Poder Ejecutivo Federal en los asuntos relacionados con los pueblos
indígenas y afromexicano, que tiene como objeto
definir, normar, diseñar, establecer, ejecutar, orientar, coordinar, promover,
dar seguimiento y evaluar las políticas, programas, proyectos, estrategias y
acciones públicas, para garantizar el ejercicio y la implementación de los
derechos de los pueblos indígenas y afromexicano, así como su desarrollo
integral y sostenible y el fortalecimiento de sus culturas e identidades,
de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos y en los instrumentos jurídicos internacionales de los que el
país es parte.
Sin embargo, a un año de esta administración y a casi un año de la
publicación de la Ley del INPI (4 de diciembre de 2018), ninguno de sus objetos
ha sido cumplido, su Titular Adelfo Regino se ha enfocado en promover una
consulta para la reforma constitucional, que más que ser una aspiración de los
pueblos indígenas es una aspiración personal, ya que no se realizó una
verdadera consulta con la población, con personal capacitado para ello. Se
trató de una consulta pre – resuelta, en la que el llamado a la población
indígena servirá para validar las aspiraciones de su titular.
El INPI no está cumpliendo la función para la que fue creada,
porque ninguna institución puede hacer lo que se le encomendó al INPI, menos
sin capacidades institucionales y ahora, sin presupuesto. Los nuevos expertos y
expertas en temas indígenas no son más que aprendices, a ellos está encomendado
los temas indígenas y las consultas. Las consultas a los proyectos siguen
operando con el Protocolo de Consulta de la CDI y las acciones a favor de las
mujeres indígenas están por desaparecer.
Desde 2004 que no se tenían un presupuesto como el que se ha
programado para el 2020, y en éste año, el INPI tuvo un subejercicio de más del
50%, en las siguientes graficas vemos cómo ha evolucionado el presupuesto, los
retrocesos y los estancamientos. A ello se suma, la obligación de atender a la
población afromexicana, sin recursos adicionales para
ello.
Con esto, el INPI no está más que destinado a desaparecer y con
ello, 70 años de la institucionalidad para servir a los pueblos indígenas. De
aquello que criticaron, hoy está institucionalizado en el INPI, sufrirán y
están sufriendo los mismos de siempre, las personas en reclusión a quienes les
piden el 50% para el pago de la caución, las mujeres indígenas sin acciones
para promover y garantizar sus derechos, los productores y productoras
indígenas que ya no tienen acceso a mercados, sufrirán los que siempre sufren.
Tasas de crecimiento del presupuesto para población indígena
Anexo 10 vs INI-CDI-INPI (2000-2020)
Presupuesto para población indígena
Anexo 10 vs INI-CDI-INPI (2000-2020)
Millones de pesos
Tasas de crecimiento promedio del presupuesto para población
indígena por sexenio
Anexo 10 vs INI-CDI-INPI