Enero 30, 2019 | Por: Georgina de la Fuente
Si algo quedó claro del proceso electoral
local 2017-2018 en el estado de Chiapas es que, aunque el principio de paridad
se encuentra protegido por la Constitución para garantizar que más mujeres
participen en el espacio público, las acciones para su defensa y maximización
deben continuar. El lamentable caso de las llamadas “Manuelitas” puso de
manifiesto que aún existen prácticas que buscan evitar que las mujeres puedan,
no solamente acceder a cargos públicos, sino también ejercerlos de manera
libre. La presentación masiva de renuncias de candidatas a diputaciones y
regidurías por el principio de representación proporcional en Chiapas sorprendió
porque, de manera inédita, el instituto electoral local se hubiera visto en la
imposibilidad de asignar los cargos de representación proporcional
correspondientes ante la falta de fórmulas del género femenino.
La respuesta del Consejo General del Instituto
Nacional Electoral fue contundente. Se ejerció la facultad de atracción para
adoptar criterios que permitieran detener la simulación en la entidad y lograr
la integración final de los órganos de representación locales, respetando el
sufragio emitido en las urnas y al mismo tiempo garantizando el principio de
paridad de género. Con este antecedente, en tres entidades que celebrarán
elecciones locales este año ya se tomaron acciones y se aprobaron reglas para
la asignación de regidurías y diputaciones de representación proporcional ante
la posibilidad de renuncias masivas, garantizando así que las mujeres puedan
ocupar los cargos de elección popular para los que fueron postuladas y
resultaron electas.
En Aguascalientes se elegirán las autoridades
de 11 ayuntamientos el próximo 2 de junio. El Instituto Estatal Electoral (IEE)
de la entidad aprobó el pasado mes de noviembre de 2018 las Reglas Sobre Medidas Afirmativas para
Garantizar la Paridad de Género en el Proceso Electoral Local 2018-2019,
mismas que contemplan un procedimiento para la asignación de las regidurías de
representación proporcional ante la posibilidad de renuncias sistemáticas de
candidaturas femeninas. En primer lugar, las reglas establecen que de ninguna
manera se le podrá asignar una regiduría por el principio de representación
proporcional a una fórmula del género masculino si esta posición le corresponde
a una fórmula de mujeres y al momento de la asignación no se cuenta con
fórmulas de este género por haberse presentado renuncias.
Asimismo, el procedimiento prevé que, en el
caso de que se presente la renuncia de la totalidad de las fórmulas de
candidatas, se les citará a ratificar su renuncia ante el IEE, por conducto de
la Comisión de Igualdad Política y no Discriminación, la cual deberá prestar la
atención necesaria para prevenir y atender casos de violencia política de
género, haciéndoles saber las consecuencias jurídicas de su renuncia y del
derecho que tienen para integrar los órganos para los que fueron electas. Si
las renuncias son ratificadas, el IEE procederá de la siguiente manera para la
asignación de regidurías de representación proporcional: si la primera fórmula
de candidaturas de mujeres a la que le corresponde la asignación está vacante o
fue cancelado su registro, se asignará a la siguiente fórmula del género
femenino. Si ya no se cuenta con candidaturas femeninas porque fueron
canceladas o renunciaron a la candidatura, las regidurías se asignarán a las
fórmulas femeninas que hayan sido registradas por el principio de mayoría
relativa que no obtuvieron el triunfo, respetando el orden de prelación en que
fueron postuladas. En caso de que no sea posible cubrir los cargos de
representación proporcional de esta manera, entonces las regidurías se
reasignarán entre los demás partidos políticos o candidaturas independientes
que cuenten con fórmulas femeninas, comenzando con el de mayor porcentaje de
votación.
Por
su parte, Tamaulipas y Quintana Roo renovarán sus Congresos locales. En
Tamaulipas se disputarán 22 curules por el principio de mayoría relativa y 14
curules por el principio de representación proporcional; mientras que en
Quintana Roo se competirá por 15 curules por el principio de mayoría relativa y
10 por el principio de representación proporcional. El Instituto Electoral de
Tamaulipas (IETAM) aprobó que, ante la posibilidad de renuncias masivas de
candidatas, antes de proceder a cancelaciones de candidaturas, la Dirección de
Prerrogativas deberá citar a las y los candidatos a efecto de que acudan a
ratificar su renuncia. Si ello sucede y en la asignación de diputaciones por el
principio de representación proporcional al partido político que le corresponde
una o varias curules por este principio ya no cuenta con candidaturas de
mujeres, las curules que corresponden a ese género serán asignadas a las
fórmulas de candidatas que hayan sido postuladas por el principio de mayoría
relativa que, no habiendo obtenido el triunfo, tengan el porcentaje de mayor votación
obtenida en su distrito. En caso de que no sea posible cubrir los cargos de representación
proporcional aplicando este criterio, entonces las diputaciones por este
principio que le correspondan a algún partido político o coalición deberán
reasignarse entre los demás partidos que cuenten con fórmulas de mujeres que
puedan asumir dichos cargos. Si bien en Quintana Roo no se previó el mecanismo
preventivo de la ratificación de las cancelaciones, el procedimiento a seguir
para la asignación de diputaciones por el principio de representación
proporcional será el mismo[1].
Pero
estas entidades irán más allá, asegurando la integración paritaria de los
órganos de representación locales. En reconocimiento de que, en la historia del
Congreso del Estado, no ha existido legislatura alguna con integración
paritaria, limitando así la participación e incidencia de las mujeres en los
asuntos públicos del estado, los criterios aprobados por el IETAM estipulan
que, si de la asignación de diputaciones de representación proporcional se
observa que las mujeres se encuentran subrepresentadas, se realizarán ajustes,
sustituyendo cuantas fórmulas sean necesarias hasta alcanzar la paridad. En
Quintana Roo, los criterios aprobados estipulan que, a partir de los resultados
obtenidos bajo el principio de mayoría relativa, el Consejo General del
Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO) buscará equilibrar los géneros
hasta alcanzar la paridad en la asignación de diputaciones de representación
proporcional. Por su parte, en Aguascalientes se asignarán regidurías de
representación proporcional tomando en consideración la integración del
ayuntamiento. Si este no estuviera integrado de manera paritaria, se
identificarán cuántas mujeres faltan y se asignarán a candidatas del mismo
partido político siguiendo el orden de prelación.
Los
procedimientos aprobados en las entidades para asegurar los derechos político-electorales
de las mujeres se suman a una serie de reglas con las que se busca, no sólo a
la postulación paritaria de candidaturas mandatada por la Constitución, sino
también integraciones paritarias de los órganos de representación popular. En
las tres entidades analizadas, así como en Baja California y Durango, que
también sostendrán procesos electorales locales ordinarios, se observarán la
paridad horizontal y vertical en la postulación de candidaturas a los Congresos
locales y a los ayuntamientos. Asimismo, en Durango˗ donde se elegirán las
autoridades de 39 ayuntamientos˗ y en Tamaulipas y Quintana Roo, se
previeron procedimientos para dividir en bloques la votación obtenida por cada
partido político en la última elección para verificar que los bloques de
votación baja no sean ocupados preponderantemente por mujeres. En el caso
particular de Quintana Roo, incluso, se ha establecido que los bloques de
votación alta y baja deben cumplir con igual número de candidatos y candidatas.
Por otro lado, en Aguascalientes, Baja California y Durango se establecieron
reglas para que, en caso de que el número de candidaturas postuladas a los
ayuntamientos sea impar, la mayoría de las candidaturas que se postulen sean femeninas.
Con
estas reglas, los organismos públicos locales preparan el escenario para la
celebración de elecciones en estas entidades el próximo 2 de junio,
respondiendo a lo que ha sido confirmado por la autoridad jurisdiccional y la
Suprema Corte de Justicia de la Nación una y otra vez: bajo ninguna
circunstancia es posible establecer excepciones a los preceptos legales de
paridad de género en la postulación de candidaturas. Las exigencias democráticas
y las de paridad de género no son contrarias, sino complementarias. Ojalá que
estas acciones nos ayuden a trascender el año de la paridad y transitar hacia
la vida pública paritaria, en beneficio de todas y todos los mexicanos.
[1] El Acuerdo fue confirmado por el Tribunal Electoral de Quintana Roo el pasado 25 de enero de 2018 mediante el Recurso de Apelación identificado con la clave RAP/001/2019.