Enero 31, 2020 | Por: Jacqueline L’Hoist Tapia
La lucha por la eliminación de la
discriminación en México debería iniciar con el reconocimiento, por parte de todas
las personas, como la negación, exclusión, distinción,
menoscabo, impedimento o restricción de algún o algunos de los derechos humanos
de personas, grupos y/o comunidades. Imaginarnos siquiera que alguna persona
pueda ser excluida de su propia sociedad, de su entorno familiar o del espacio laboral,
debería de ser suficiente para alcanzar la indignación de cualquiera.
México cuenta con un marco legal muy importante
que se lee desde el artículo primero constitucional al reconocer que todas las
personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en la Carta Magna; pero no
solamente eso, sino, también, en todos aquellos tratados internacionales de los
que el Estado Mexicano sea parte. Esta es, sin duda, una de las modificaciones
más importantes de nuestra Constitución, la cual se logró el 10 de junio de
2011 y que, gracias a ella, a la fecha hemos logrado un impacto para la
modificación de otras leyes y códigos penales que garanticen el trato
igualitario y la no discriminación.
Contamos con una Ley Federal para Prevenir y
Eliminar la Discriminación así como con leyes estatales contra la misma, como
la de la Ciudad de México que, además, mandata la creación de un Consejo -COPRED[1]-
que atienda a las víctimas y desarrolle acciones para la prevención y
eliminación de este flagelo social y que, junto con CONAPRED[2], se
han convertido en referentes obligados en nuestro país.
Sumado a esto, tenemos comisiones de derechos humanos,
tanto a nivel nacional como en las entidades federativas, que son quienes velan
para que se garanticen los derechos humanos a todas las personas de manera igualitaria,
con equidad y sin distinción y obliga al Estado Mexicano a ser el garante. En
este mismo sentido, la Suprema Corte de Justicia de nuestro país ha tenido un
papel relevante en sus resoluciones a favor del trato igualitario y la no
discriminación, tales como; los derechos de las mujeres, las personas de la
diversidad sexual y de género, las personas con discapacidad, personas
indígenas y personas tatuadas, entre muchos otros grupos en situación de alta
vulnerabilidad.
La estructura de este andamiaje nos ha ayudado
a identificar cuáles son esos elementos que nos permiten determinar si se está
frente a un hecho o conducta discriminatoria, ya sea en lo público o lo privado,
determinando así si existe alguna acción u omisión no razonable o
desproporcional, algún motivo o causa específica y qué derecho humano se
vulnera.
Las prácticas discriminatorias como las conocemos
en nuestro país son propias de sociedades jerárquicas en las que las
diferencias de grupo o de identidad son vistas como grados de calidad en la condición
humana, incluso como defectos, y que, desde ahí, se pretende justificar el
tratamiento de desprecio. Estas sociedades jerárquicas han decidido poner a los
hombres, blancos, heterosexuales y con patrimonio en la cima como ejemplo del
cual se desprenden otras características con las que se van perdiendo derechos.
En esta pirámide, según el contexto de cada sociedad, se va armando la jerarquización.
¿Por
qué discriminamos? Este es uno de los principales cuestionamientos en la
búsqueda de su erradicación ya que encontrando qué lo detona podremos también
eliminar sus causas. En este orden de ideas, son tres los elementos que
hallamos para detonar las conductas discriminatorias:
Primeramente, tenemos los prejuicios, ideas
preconcebidas que se tienen sobre la otredad que no necesariamente son compartidas
pero que son capaces de dar lugar a un juicio sobre ellas y construir otras que
se van dando por ciertas. Los estereotipos son también detonadores ya que es
una percepción exagerada y simplificada que se tiene sobre una persona o grupo
de personas que comparten ciertas características y que busca justificar cierta
conducta en relación a determinada categoría social; por último, los estigmas,
esa marca, condición, atributo, rasgo o comportamiento que hace que la persona
portadora sea incluida en una categoría social hacia cuyos integrantes se
genera una respuesta negativa y son vistos como culturalmente inaceptables o
inferiores. Es así que podemos encontrar frases como:
Ø Las personas musulmanas son terroristas.
Ø Las personas migrantes son violentas.
Ø Las personas tatuadas son criminales.
Ø A los homosexuales los violaron de chiquitos.
Ø A las personas indígenas no les gusta
trabajar.
Ø Las personas mayores son mañosas en los
trabajos.
Y muchas otras que les van arrebatando su dignidad
a nuestros semejantes.
Todas estas creencias fundadas en algunos o
varios de los elementos mencionados conllevan a que sean excluidas, rechazadas
de la sociedad y el menoscabo, impedimento o restricción de alguno o algunos de
sus derechos humanos, como el del trabajo, la educación y la saludad entre
otros.
En México, los principales motivos encontrados
en las encuestas realizadas por COPRED, CONAPRED y el INEGI son:
Lo anterior nos coloca como una sociedad no
solamente racista, sino profundamente clasista en donde nuestra apariencia, origen,
tono de piel y forma de hablar marcan lastimosamente nuestro destino. La
situación se complica si la discriminación es múltiple. Es decir, ser una niña
indígena y con discapacidad la puede poner al final de la pirámide jerárquica,
o bien, ser un hombre mayor, afroamericano y con bajo nivel educativo.
Las conductas discriminatorias no están
necesariamente vinculadas a la falta de educación, sino que están fuertemente
arraigadas a ejercicios de superioridad que se suman al miedo a lo desconocido.
La información sobre los diferentes grupos de población, sus características y
la garantía que tenemos todas las personas de ejercer nuestros derechos humanos
debe ser impartida en todos los niveles de educación, básica, media y superior.
Reconocernos como una sola raza humana debería ser una constante en nuestros
libros de texto.
Desafortunadamente, la información no será
suficiente si no va acompañada de eliminar la impunidad. En México no hay
ninguna persona sancionada por discriminar y, como vimos anteriormente, no es
que esta conducta no se dé, sino que está tan normalizada que incluso para
quien la recibe es difícil reconocerla. Sin embargo, no deja de ser preocupante
que la autoridad no resuelva cuando los casos llegan a los juzgados.
Una de las conductas que más se presenta ante
los jueces es el despido por embarazo que, dicho sea de paso, es la primera
causa de denuncia presentada en los consejos de discriminación. A una mujer
embarazada que es despedida de su trabajo por este motivo, no solo se le está
dejando sin trabajo, sino que su futuro hijo o hija también se verá afectado
por el desempleo de su madre y, como sociedad, también nos impacta ya que cada
vez más son ellas las jefas de familia, o bien, comparten esta responsabilidad
con su pareja afectiva. Los motivos de su despido son misóginos y machistas: una
mujer embarazada trabaja menos, tiene que ir al médico para sus citas, dejará
su responsabilidad laboral por su periodo de maternidad y le costará a la
empresa, a su regreso pedirá permiso para cuidar a su hijo/a y la lactancia le
quitará tiempo, así que la fuente empleadora mal informada y discriminadora prefiere
despedirla. El proceso no se considera, en ningún caso, un despido injustificado;
siempre la hacen responsable de su decisión y, por tanto, no acreedora al 100 por
ciento de su liquidación, o bien, la obligan a firmar su renuncia.
Es mucho el trabajo que como sociedad debemos
ir empujando para eliminar el racismo, la homofobia, misoginia, antisemitismo, bullying
y muchas otras conductas que todos los días le arrebatan la dignidad a alguien
y que, al ser omisos a ellas, nos harán cómplices de uno de los flagelos
sociales más terribles, no solo en México sino en todo el planeta.