México: ¿Una reforma (in)oportuna?
En el curso del último año, la coalición gubernamental integrada por los partidos MORENA, Verde y del Trabajo ha venido empujando, por todos los medios legislativos y mediáticos posible, una agenda de cambios en la conformación de las condiciones reglamentarias de la competencia electoral, apegados a las órdenes directas que surgieron desde las iniciativas presentadas por la presidencia de la República y canalizadas por la Secretaría de Gobernación.
Los resultados obtenidos no han sido menores, si bien han enfrentado una importante resistencia por parte del llamado bloque opositor de contención, en el cual se encuentran los partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional y de la Revolución Democrática, así como de manera paralela el Movimiento Ciudadano. Gracias a ello, se pudo evitar la realización de modificaciones sustanciales tanto al modelo de financiación como al de integración de las cámaras legislativas, por sólo citar algunos elementos centrales que se detuvieron en el ámbito constitucional.
El esfuerzo se dirigió entonces hacia emprender cambios operables en el ámbito legislativo secundario, los cuales no demandan una mayoría calificada, sino solo tener una de tipo absoluta. De esta manera, en dos momentos se modificaron primero la Ley General de Responsabilidades Administrativas (LGRA) y la Ley General de Comunicación Social (LGCS), cuyo decreto en el Diario Oficial de la Federación se publicó el 27 de diciembre de 2022. Posterior a ello, no sin experimentar algunos contratiempos en su discusión y procesamiento en ambas cámaras del Congreso, se aprobaría un segundo bloque de reformas, que incluyeron cambios a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), la Ley General de Partidos Políticos (LGPP), la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación (LOPJF) y se expide la Ley General de Medios de Impugnación en Materia Electoral (LGMIME), cuyo decreto fue emitido el 2 de marzo de 2023 en el Diario Oficial de la Federación.
Ambos decretos se encuentran actualmente sujetos a la revisión judicial en el ámbito de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en tanto se introdujeron en tiempo y forma los recursos marcados por la propia Carta Magna (bajo las figuras de la acción de inconstitucionalidad y la controversia constitucional) para determinar si ambos se apegan o no a los elementos de legalidad que permitan su implementación.
El primer decreto enfrenta siete impugnaciones por la vía de la acción de inconstitucionalidad y 161 por la vía de la controversia constitucional. El ministro de la SCJN Alberto Pérez Dayán es el encargado de analizar la procedencia de estos recursos y a la fecha determinó la suspensión del decreto con respecto a los procesos electorales del presente año en los estados de México y Coahuila. Entre los actores que impugnan el segundo decreto están los partidos políticos de oposición (PRD y MC), así como el Instituto Nacional Electoral, mismo que ha obtenido por parte del ministro de la Corte, Javier Laynez Potisek una suspensión plena en la aplicación del segundo decreto hasta no entrar al análisis y resolución definitiva del mismo, lo cual se dio a conocer el 24 de marzo de 2023.
Ante estas decisiones, se han presentado recursos de reclamación especialmente por parte de la Consejería Jurídica de la Presidencia tanto en contra de la admisión como de las suspensiones concedidas por los ministros ponentes, con especial énfasis de cuestionar la personalidad jurídica del INE para intervenir como actor interesado en controvertir ambos decretos de reforma (si bien es prematuro hablar de que la llegada de nuevos integrantes dentro del Consejo General del INE exprese cambios en los criterios decisorios a fin de favorecer la acción gubernamental, existe la posibilidad de que pudiera buscarse un desistimiento de las controversias constitucionales presentadas, aunque para ello debe obtenerse una votación mayoritaria en el pleno). Esto es un elemento muy importante para dirimir: si estos procesos puedan proseguir en sus términos y ser resueltos como se esperaría, antes del inicio del proceso electoral 2023-2024 que marcará las condiciones de la próxima contienda presidencial en el país.
A pesar de lo anterior, hay que consignar una reciente iniciativa de reforma constitucional que pretende reforzar el acotamiento de las facultades de actuación por parte del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), ya expresadas en el decreto del 2 de marzo de 2023 en materia de intervenir en los procesos internos de selección de candidaturas de los partidos políticos, lo cual afecta a los principios de la paridad y las demás acciones afirmativas que se han venido impulsando en los años recientes. Lo sorpresivo y paradójico es que hay un consenso muy amplio por parte de las dos principales coaliciones y sólo el MC se ha manifestado en contra de dicha propuesta.
En este marco general, también cabe sumar el proceso de renovación de integrantes del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, entre ellas a la persona que se encargará de presidir sus trabajos durante los próximos nueve años. Un proceso no exento de polémica a lo largo de todas sus etapas y que concluyó con la utilización del mecanismo de insaculación a las personas finalmente designadas a partir de las cuatro quintetas que fueron definidas por el Comité Técnico de Evaluación (cuya integración igualmente se vio fuertemente cuestionada por la carencia general de vínculos sólidos con respecto a la propia materia electoral). Todo ello también se vio reflejado por un desapego notorio a ponderar en sentido estricto a los factores meritocráticos y trayectorias dentro del propio servicio profesional electoral en los planos local y federal.
A partir de estos factores vale la pena reflexionar sobre lo que los resultados obtenidos dicen de la importancia de las reglas institucionales y las maneras con que terminan siendo aplicadas. Ciertamente, los procesos aquí descritos revelan decisiones políticas que se imponen aun a riesgo de colocar a las propias instituciones dentro de una situación límite. Mucho se puede especular de que los cambios en proceso nos regresan a contextos de partidización o de sometimiento puntual a los titulares de gobierno. En este caso, cabe percibir un despliegue de acciones concretas cuya orientación se dirige claramente a reducir las capacidades de actuación autónoma de las autoridades electorales, en tanto se considera que los avances logrados por las reformas sólo se deben restringir a un modelo de competencia y votaciones amplias.
Esto permite entender la narrativa gubernamental dirigida a afectar la institucionalidad electoral al criticar los “costos excesivos”, la “corrupción de los altos salarios”, el “dispendio de gastos”, la “simulación” y la “persistencia de los fraudes” asociados con la inversión económica realizada, pero que omite resaltar las garantías de conjunto logradas a partir de la presencia de diversos procesos como la capacitación y la educación cívica, la participación ciudadana directa en las jornadas electorales, el monitoreo de medios, la fiscalización de recursos públicos y privados, las estructuras distritales permanentes y los costos de su manutención, así como el empoderamiento y mayor presencia efectivos de los grupos históricamente subrepresentados (mujeres, personas indígenas, migrantes, de diversidad sexual o discapacitadas).
Sin duda, las instituciones públicas son instancias de escrutinio permanente, no sólo en sus partes más visibles o mediáticas, como lo pueden configurar sus autoridades rectoras. Concentrarse en una simple personalización antagónica es un factor que desvirtuó y provocó un contexto de polarización que ha terminado para alentar y dominar el espíritu con que estas reformas han sido vistas por la población, misma que se ha expresado de manera activa mediante manifestaciones y protestas desde ambos lados del espectro político. Las presiones directas hechas desde el Ejecutivo federal no sólo hacia las autoridades electorales, sino ahora dirigidas contra de las y los integrantes de la Suprema Corte de Justicia, para que avalen las acciones aprobadas por los grupos parlamentarios que apoyan su gobierno en el Congreso, revelan un indicador inquietante que ha sido percibido por muchos analistas como un claro elemento tendiente a la erosión democrática del sistema político.
De esta manera, el actual proceso de reformas político-electorales que tenemos en curso puede verse como un asunto que puede colocarnos en un contexto de retorno a las llamadas “elecciones de Estado” en donde la preeminencia de una sola fuerza con acceso desigual a los recursos públicos, al empleo abierto de las mecánicas clientelares o de violencia / coacción al voto; y a la vez propicie un mayor peso de los financiamientos de origen ilícito para tratar de compensar dichas desventajas, es un aspecto muy inquietante que no se percibía desde hace décadas,
La oportunidad y pertinencia de un proceso de reformas, recuperando aquí las enseñanzas del destacado experto en política pública, el estadounidense Charles E. Lindblom, estriba en las condiciones de “adaptación mutua” e “inteligencia política” entre los actores quienes forman parte de dicha negociación; y de que lo que se promete como ganancia para las partes se muestre como “racional” gracias al acuerdo de economizar o por ampliar recursos que generen un estado de cosas más equitativo. Por el contrario, la imposición de una reforma corre el riesgo de ser un simple antecedente de escalamiento progresivo de las diferencias y el conflicto.
Aplicado a la experiencia electoral mexicana, resulta inquietante ver que se tenga la idea de imponer cambios cuyos objetivos vayan a contracorriente de los procesos desarrollados a lo largo de medio siglo. Estamos ya subidos en este tren, por lo que ahora es importante confiar en la propia capacidad institucional para que podamos llegar a un escenario donde los actores tengan el autocontrol y ofrezcan la certidumbre del respeto al propio marco de reglas al que nos obligamos como la democracia que pretendemos ser.