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Gobierno vs Pueblo

Oculta tras la cortina de humo que desde la mañanera se tejió a lo largo de varias semanas, la retroactividad de la reforma a la Ley de Amparo, que -todo indica- es de la autoría del exministro Arturo Saldívar, quedará establecida en el artículo tercero transitorio del respectivo Decreto. Una vez que sea aprobado por el Senado y promulgado por la titular del Poder Ejecutivo para su publicación en el Diario Oficial de la Federación, el transitorio de marras dirá lo siguiente:

Tercero. Al tratarse de una ley procesal, las etapas procesales concluidas que generen derechos adquiridos a las partes se regirán por las disposiciones legales vigentes al inicio de los procesos respectivos. Por lo que hace a las actuaciones procesales posteriores a la entrada en vigor del presente Decreto, de conformidad con la doctrina y la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se regirán por las disposiciones de este Decreto, sin que implique aplicación retroactiva ni afectación a derechos adquiridos, pues se trata de actuaciones futuras.

Morelos Canseco, destacado abogado, opina al respecto: “¡Cantiflesco… no es retroactiva la reforma para lo que ya ocurrió, pero lo es para lo que no ha sucedido! La Constitución no distingue entre lo adjetivo y lo sustantivo para regular la no retroactividad de las leyes. Lo que ordena es que no sea en perjuicio de persona alguna.” Lo cantinflesco es producto de la mala pluma del autor del texto, anticipado sin pudor alguno desde una reciente conferencia mañanera en Palacio Nacional.  

Hubo quienes creyeron que la propuesta de la retroactividad era una cortina de humo para encubrir el grave retroceso que significa la reforma a la Ley de Amparo. Sin embargo, la cortina de humo ha sido disipada por el coordinador de la bancada del Partido Morena en la Cámara de Diputados, que, en su intervención en tribuna, el pasado martes 14 de octubre, dijo lo siguiente:

Pero déjenme decirles nuestra motivación, hay miles y miles de recursos de impugnación de solicitudes de nulidad interpuestos por despachos, grandes despachos, que defienden a empresarios o a gente poderosa, es su derecho, no cuestiono eso, pero a la fecha existen 2 mil 73 créditos fiscales que empresarios poderosos se resisten a pagar, así como 2 mil 66 juicios de nulidad pendientes de resolución firme, con un monto superior a los 100 mil millones de pesos solo este año, 100 mil millones de pesos. Lo más grave, saben ustedes, compañeros legisladores, ¿cuál es el plazo, el tiempo promedio que transcurre desde la interposición del recurso hasta el amparo, la ejecución y la sentencia firme, todavía sobre el amparo? Ocho años. Ocho años, y luego para el cobro otros ocho años. El promedio para hacer pagar estos recursos que son del pueblo, del erario, son de entre 16 y 22 años, para ser exigible un deber ciudadano, una responsabilidad como contribuyente y un pago al erario por sus ganancias y sus utilidades, 16 años promedio mínimo. Y, saben ustedes, de los cobros fiscales cuánto es lo que se alcanza a cobrar por el Estado, por la existencia de estos amparos mañosamente prolongados, 0.5%. El 95 % de los deudores o los que deben de pagar no lo hacen, 95%. Hacia ellos va orientada nuestra reforma. Hacia ellos, porque queremos que paguen lo justo para el erario, para la satisfacción de necesidades colectivas que la patria requiere.” (Versión estenográfica. Cámara de Diputados)

O sea que la reforma no busca mejorar el recurso de amparo. Su propósito es obtener más ingresos para el gobierno, evitando que los contribuyentes se amparen ante actos de las autoridades hacendarias que se presuman violatorios de los derechos y garantías constitucionales. No estamos ante un gobierno comprometido con el respeto a la Constitución, ni siquiera con la que ellos mismos han destazado, mucho menos con los derechos humanos y su progresividad.

Estamos ante un hecho en que el gobierno arremete contra el pueblo, con el exclusivo fin de tener más dinero, para lo cual decide exprimir a todos los causantes cautivos, hasta el extremo de cerrar la vía del amparo.

Es sabido que para eludir al fisco hay empresarios y empresas que cometen abusos de manera reiterada. También es conocida la ineficacia e ineptitud de las autoridades hacendarias para litigar en los tribunales, así como la corrupción que impera en esos litigios. Sin embargo, para evitar abusos y desterrar la corrupción hay otras vías. Lo que no es aceptable es, valga la analogía, tirar el agua sucia junto con el niño.

Resulta inaceptable socavar el amparo, principal instrumento jurídico para la defensa de las personas ante el Estado, argumentando que así se evitaran los abusos de unos cuantos y las corruptelas de otros. Dice el artículo 1º de nuestra Constitución que uno de los principios en materia de derechos humanos es la progresividad. La mayoría de los juristas que han analizado la reforma a la Ley de Amparo, promovida por la presidenta de México, consideran que es regresiva. Luego entonces, es violatoria de la Constitución. Violación que se explica por la presencia de un gobierno sin límites ni contrapesos, empecinado en hacer tapioca los derechos humanos y las garantías constitucionales. Eso sí, invocando al pueblo.

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Jorge Alcocer V.

Director fundador de Voz y Voto.


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