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Mulheres

Ha pasado un año desde la aprobación de la Ley 14.192 sobre violencia política contra las mujeres (VPG) en Brasil y el Tribunal de Justicia Electoral de Río de Janeiro abrió la primera acción penal en contra de un diputado después de referirse a la concejala trans y afrodescendiente, Benny Briolly, como una “aberración de la naturaleza”. Así, la votación unánime de la autoridad jurisdiccional por el discurso intimidatorio y humillante de Rodrigo Amorim lo convirtió en el primer imputado por VPG en el país sudamericano, mientras se desenvuelve el primer proceso electoral desde la tipificación de esta conducta en agosto de 2021. Pero la existencia de esta normativa no ha sido suficiente para garantizar mejores condiciones para la competencia electoral para las más de 9800 candidatas que participan en los comicios en los que se renovarán la Presidencia y Vicepresidencia; las dos cámaras del Congreso Nacional; las gubernaturas y vicegubernaturas de los veintiséis estados y el Distrito Federal; así como sus asambleas legislativas. 

El 2 de agosto del presente año, la feminista Sâmia Bomfim, una de las diputadas federales más votadas en 2018 y candidata a reelegirse por el Partido Socialismo y Libertad (PSOL) en esta elección, denunció en sus redes sociales la recepción de un correo electrónico con amenazas de muerte y violación, así como con alusiones nazistas. Apenas un día antes, la concejala más votada en la historia de Belo Horizonte, Duda Salabert, había hecho una denuncia similar. Salabert, quien es también la primera concejala trans de la capital de Minas Gerais, participa en este proceso electoral como candidata a diputada federal por el Partido Democrático Laborista (PDT). Pero, si bien Salabert ya cuenta con un equipo de seguridad las veinticuatro horas del día provisto por la autoridad municipal, las amenazas no cesan. El pasado 17 de agosto denunció la recepción de tres amenazas más.

Otras figuras políticas han denunciado amenazas similares en los últimos años. Talíria Petrone, quien busca su reelección a diputada federal por el PSOL en este proceso electoral, denunció amenazas de muerte en 2020. También lo hizo la primera concejala negra de la ciudad de Curitiba por el Partido de los Trabajadores (PT) y hoy candidata a diputada federal, Carol Dartora.1 Pero el fenómeno se agudiza a nivel local. Una encuesta conducida por la organización Transparencia Electoral Brasil reveló que casi la mitad de las candidatas en las elecciones municipales en ese año (44%), manifestó haber sido víctima de VPG y casi el 13% de las encuestadas prefirió no contestar la pregunta. Por su parte, casi el 82% de los incidentes registrados por el ejercicio fueron de gravedad media y alta, con un impacto considerable en las víctimas.2 

Ciertamente, en su manifestación más extrema, la VPG puede llegar al asesinato, como en el caso de la concejala de Río de Janeiro, Marielle Franco, tras salir de un acto político en el centro de la capital brasileña en 2018 y que desató una ola de movilización social en el país. Pero en el otro cabo del continuo de violencia, la VPG tiene un efecto silenciador en las voces de las mujeres, por su capacidad de inhibir el ejercicio efectivo de su derecho a participar en la vida pública y desalentarlas de buscar o continuar una carrera política. Manuela D’Ávila, candidata a la vicepresidencia en las elecciones de 2018, evidenció amenazas de muerte y violación el pasado 1 de agosto en la red social Instagram. Pero esta no era la primera vez que la dirigente comunista recibía este tipo de amenazas, por lo cual decidió no contender en el proceso electoral de este año.3 La propia Marielle Franco cuestionaba la falta de participación femenina en la vida política de su país. En una intervención en el pleno de la Asamblea Legislativa de Río de Janeiro resaltó la contradicción de que ese órgano solo estuviera integrado en un 10% por mujeres, mientras éstas contaban con “la mayoría en las calles”.4

Y es que datos del Tribunal Superior Electoral (TSE) indican que, de los más de 156.4 millones de electores y electoras que podrán participar en la elección del 2 de octubre, el 53% son mujeres. Es decir, más de 82.3 millones. Pero, como bien lo señalaba Franco, estos números aún no se reflejan en la representación política y las mujeres permanecen subrepresentadas en los espacios de poder. Tras el proceso electoral de 2018, solo seis de los ochenta y un escaños en el Senado fueron ocupados por mujeres; mientras que en la Cámara de Diputados solo setenta y siete de los 513 escaños fueron ganados por mujeres.5 

En esta elección, el TSE ha contabilizado el registro de 9804 candidatas a los diversos cargos de elección popular en disputa, lo que representa el 33.7% del total de candidaturas. Con ello, se superó el 31.8% de candidaturas femeninas registrado en las elecciones de 2018. Del total de candidatas, poco más de 5500 se registraron al cargo de diputadas estatales, representando apenas el 33.34% del total de candidaturas para ese cargo; seguido por poco más de 3600 candidatas registradas para el cargo de diputaciones federales, representando el 34.88% de las candidaturas para ese cargo. Por su parte, de las trece candidaturas a la Presidencia, cuatro son mujeres. Sin embargo, se puede observar una oportunidad mayor para la participación femenina en los ejecutivos locales, con solo un 17% de las candidaturas a gubernaturas.6

En este sentido, se debe señalar que la cuota del 30% de candidaturas establecida en la ley, aplicable a nivel municipal, legislativo y nacional, no siempre es respetada. Por otro lado, el propio estudio de Transparencia Electoral Brasil referido anteriormente reveló que solo el 62.5% de las mujeres encuestadas manifestó que su partido respetó el porcentaje mínimo de 30% de propaganda electoral gratuita que debe ser reservada para candidaturas femeninas y que solo la mitad de las encuestadas había logrado acceder a estos espacios. Pero estas violencias de incidencia alta no se encuentran previstas en la Ley 14.192 sobre VPG aprobada en agosto de 2021. La conceptualización establecida en la legislación se refiere genéricamente a “toda acción, conducta u omisión que tenga como finalidad impedir, obstaculizar o restringir los derechos políticos de las mujeres” y cualquier “distinción, exclusión o restricción en el reconocimiento, goce o ejercicio de sus derechos y de sus libertades políticas fundamentales, en función del género”. 

Como lo proponen Freidenberg y Gilas, además de delimitar qué es y qué no es VPG, cualquier legislación en la materia que busque ser exitosa en el avance hacia la erradicación de este fenómeno debe establecer mecanismos de sanción a los perpetradores; de reparación de los derechos violentados y de garantías para la no repetición conforme a los estándares de la Ley Modelo Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en la Vida Política, impulsada por la Comisión Interamericana de las Mujeres (CIM).7 En ese sentido, la ley aprobada en 2021 no es explícita respecto a la diversidad de conductas que implican la obstaculización del ejercicio efectivo de los derechos políticos de las mujeres. Si bien se incorporan algunas de las expresiones más visibles de violencia como las humillaciones y las amenazas, otras menos visibles como el incumplimiento de la cuota de candidatura –de por sí baja– o el acceso a financiamiento directo o indirecto en la forma de acceso a medios de comunicación, no fueron incorporadas. Tampoco se establecieron medidas de reparación y no repetición, lo que implica que el ejercicio pleno de los derechos de las víctimas no se encuentra garantizado. 

Sin embargo, se debe reconocer que la legislación aprobada sí contempla la atención de una de las manifestaciones de VPG que más afecta a las mujeres en el ámbito de lo público y que se ha identificado como “desinformación en razón de género”. Ésta se refiere a la diseminación de información engañosa o imprecisa y/o imágenes en contra de mujeres políticas, periodistas y otras figuras públicas sobre narrativas basadas en la misoginia y estereotipos de género. Estos ataques se pueden manifestar en historias falsas, contenido sexual explícito, fotomontajes y material humillante, que tienen el objetivo de colocarlas como poco confiables, poco inteligentes o emocionales y así alterar el entendimiento público sobre las capacidades de las mujeres políticas, desalentando, a su vez, a otras mujeres a incursionar en este ámbito.8 Así, las adiciones al Código Electoral brasileño incluyen penas por producir u ofrecer videos con contenido falso sobre candidaturas o partidos, con una pena mayor si éstos se difunden en radio, televisión o internet y si involucran discriminación en contra de las mujeres, su color, su raza o su etnia.

Pero según el TSE, los ataques y las agresiones físicas para menoscabar los derechos políticos de las mujeres siguen constituyendo las manifestaciones más comunes de VPG en Brasil, por lo que unió esfuerzos con la Procuraduría General de Justicia Electoral (PGE) en el marco de este proceso electoral para el establecimiento de un protocolo de actuación conjunta que busca establecer las rutas de atención e investigación de casos de VPG. Como parte de este protocolo, se puso a disposición de la ciudadanía un canal de denuncia en la página web del TSE y los tribunales electorales regionales, que reenviará los casos recibidos a las instancias investigadoras correspondientes.9 Asimismo, se dispuso un sistema de alerta de desinformación que permite la denuncia de prácticas de desinformación perpetradas en el ámbito digital, con una opción específica para denunciar “violencia de género” dentro del menú de tipo de denuncia.10 

Si bien algunas activistas y analistas se han referido a este proceso electoral en Brasil como la prueba de fuego de la nueva legislación sobre VPG, es preciso señalar que su incidencia trasciende a las contiendas electorales y, comúnmente, se extiende al periodo del ejercicio de los cargos. Desde 2016, por ejemplo, la Unión Interparlamentaria alertó en su estudio que analiza las experiencias de cincuenta y cinco parlamentarias en treinta y nueve países, que casi el 82% de ellas había sido víctima de violencia psicológica. Asimismo, casi el 66% de ellas manifestó haber sido objeto de comentarios sexistas humillantes en numerosas ocasiones durante su mandato, constituyendo la manifestación más común de este tipo de violencia.11 Por otro lado, un estudio coordinado por ONU Mujeres y Fundación Esquer sobre VPG en contra de políticas ecuatorianas en redes sociales reveló que la abrumadora mayoría de los ataques en estas plataformas sucedieron en el periodo del ejercicio de funciones, registrando una proporción cercana al 95% del universo de publicaciones violentas analizado.12 

Los ataques perpetrados por el propio Rodrigo Amorim, por los que ahora podría enfrentar hasta cuatro años de prisión y una multa por VPG, sucedieron en el marco del debate parlamentario, mientras Benny Briolly aún ponderaba la posibilidad de participar en este proceso electoral como candidata a diputada estatal. De hecho, Briolly comenzó a recibir mensajes hostiles de índole racista y transfóbica desde 2018, mismos que se intensificaron a finales del 2021. Por ello, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) resolvió otorgar medidas cautelares en su favor el pasado mes de julio –cuando aún ni siquiera iniciaban las campañas electorales– al considerar que sus derechos se encontraban en una situación de gravedad y urgencia de riesgo de daño irreparable.13 En ese sentido, se debe reconocer que la VPG no se manifiesta en casos aislados o individuales, sino que constituye una extensión de la violencia y la discriminación que enfrentan las mujeres en la cotidianidad. Por ello, las insuficiencias u omisiones legislativas para la prevención, atención, sanción, reparación y erradicación de la VPG no eximen a las autoridades de atenderla. Los derechos de las mujeres, incluidos los derechos políticos y el derecho a una vida libre de violencia, son derechos humanos amparados en el marco convencional internacional e interamericano. 

A pesar de los esfuerzos señalados y otros avances legislativos registrados en 2018 para la tipificación e investigación de delitos de difusión de contenidos misóginos, de imágenes de violaciones y de propagación de odio contra las mujeres, el proceso electoral de 2022 no ha estado exento de casos de VPG que buscan negar la legitimidad de las mujeres para participar en la vida pública. Será necesario evaluar la efectividad de las herramientas dispuestas por el TSE en el marco del proceso electoral, pero también mantenerlas una vez que éste concluya, ante la evidencia de una mayor incidencia de VPG durante el ejercicio de los cargos. Asimismo, abonaría a los esfuerzos acompañar estas herramientas de un sistema de monitoreo, para lo cual sería útil contar con la colaboración de organizaciones de la sociedad civil y las propias empresas de redes sociales. Por último, la participación histórica de mujeres en este proceso electoral constituye una oportunidad sin precedentes para que las funcionarias electas retomen la agenda de la participación política de las mujeres e impulsen nuevas reformas legislativas que faciliten la construcción de una democracia paritaria en Brasil.

1 Redacción (8 de diciembre de 2020). Denuncian en Brasil amenazas de muerte contra lideresas sociales. TeleSurTV. Recuperado de https://www.telesurtv.net/news/ denuncian-brasil-amenazas-muerte-contra-lideresas-sociales-20201208-0081.html

2 Cavalcante Ferreira, D., Oliveira Rodrigues, C. y da Silva Cunha, S. (2021). Relatório 2020-2021 de violência política contra a mulher. Transparencia Electoral Brasil. Recuperado de https:// transparenciaeleitoral.com.br/wp-content/ uploads/2021/12/Relatorio-de-violencia-politica-contra-a-mulher.pdf

3 Chagas, Gustavo (28 de mayo de 2022). Manuela D’Ávila descarta concorrer nas eleições de 2022: ‘não são os mandatos que me fizeram militante’. Globo. Recuperado de https://www.globo.com/?utm_source=- barraGCOM

4 Redacción (20 de marzo de 2018). Mujer, negra, lesbiana y pobre: quién era Marielle Franco, la concejala de Río de Janeiro cuyo brutal asesinato hizo que multitudes salieran a protestar en Brasil. BBC News. Recuperado de https://www.bbc.com/mundo/ noticias-america-latina-43469308

5 Melo, K. (8 de agosto de 2022). El electorado brasileño en 2022: las mujeres son el 53% del total. Agencia Brasil. Recuperado de https://agenciabrasil.ebc.com.br/es/geral/noticia/2022-08/elecciones-2022-mantienen-la-mayoria-del-electorado-femenino-con-un-53

6 Datos del Tribunal Superior Electoral, disponibles en https://sig.tse.jus.br/ords/ dwapr/seai/r/sig-candidaturas/painel-perfil-candidato?session=276341302906

7 Freidenberg, F. y Gilas, K. (2022). ¿Normas poco exigentes? Los niveles de exigencia normativa de las leyes contra la violencia política en razón de género en América Latina. Política y Sociedad. 59 (1). 1-14.

8 Di Meco, L. y Brechenmacher, S. (30 de noviembre de 2020). Tackling online abuse and disinformation targeting women in politics. Carnegie Endowment for International Peace. Recuperado de https:// carnegieendowment.org/2020/11/30/tackling-online-abuse-and-disinformation-targeting-women-in-politics-pub-83331

9 Tribunal Superior Eleitoral (1 de agosto de 2022). TSE e Procuradoria-Geral Eleitoral assinam acordo para atuação conjunta no combate à violência política de gênero. Tribunal Superior Eleitoral. Recuperado de https:// www.tse.jus.br/comunicacao/noticias/2022/ Agosto/tse-e-procuradoria-geral-eleitoral-assinam-acordo-para-atuacao-conjunta-no-combate-a-violencia-politica-de-genero

10 Tribunal Superior Eleitoral (16 de agosto de 2022). Sistema de Alerta de Desinformação conta agora também com canal exclusivo para denunciar violência política de gênero. Tribunal Superior Eleitoral. Recuperado de https://www.tse.jus.br/ comunicacao/noticias/2022/Agosto/sistema-de-alerta-de-desinformacao-conta-agora-tambem-com-canal-exclusivo-para-denunciar-violencia-politica-de-genero

11 Unión Interparlamentaria (2016). Boletín temático. Sexismo, acoso y violencia contra las mujeres parlamentarias. Recuperado de https://www.ipu.org/resources/publications/issue-briefs/2016-10/sexism-harassment-and-violence-against-women-parliamentarians

12 ONU Mujeres (2020). Estudio cualitativo y cuantitativo sobre violencia política contra las mujeres en Ecuador en redes sociales. Recuperado de https://ecuador. unwomen.org/es/digital-library/publications/2022/03/estudio-sobre-violencia-politica-contra-las-mujeres-en-ecuador-en-redes-sociales

13 Resolución 34/22, disponible en https:// www.oas.org/es/cidh/decisiones/mc/2022/ res_34-22%20_mc_408-22_br_es.pdf

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Georgina de la Fuente

Licenciada en Estudios Internacionales por la Universidad de Monterrey y Maestra en Análisis Político y Medios de Información por la Escuela de Gobierno y Transformación Pública del Tec de Monterrey. Diplomada en Elecciones, Representación Política y Gobernanza Electoral por el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México. 

Originaria de Monterrey, Nuevo León, Georgina ha ocupado diversos cargos en el Sistema de Naciones Unidas en México, asesorando en el desarrollo e implementación de proyectos de desarrollo en temas de observación electoral; participación política de mujeres, jóvenes e indígenas; transparencia y gobierno abierto; entre otros. Asimismo, en 2014 participó como asesora en la auditoría de la elección presidencial de Afganistán, en la ciudad de Kabul, la auditoría más grande de un proceso electoral en que ha participado la Organización de las Naciones Unidas en su historia.

De 2016 a 2021, fungió como asesora en la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral (INE). Asimismo, ha sido consultora en temas de democracia, igualdad de género e inclusión para organismos internacionales e instituciones financieras privadas.

Desde diciembre de 2021, Georgina lidera la agenda legislativa y regulatoria para el Tecnológico de Monterrey. 

Georgina es casada y tiene tres perros.

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