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Falsa paridad

En el boletín de prensa # 168 del INE, del día 7 de mayo de 2026, se lee lo siguiente:

“La Consejera Presidenta del Instituto Nacional Electoral (INE), Guadalupe Taddei Zavala, informó la conclusión del proceso de integración de la Junta General Ejecutiva (JGE), órgano encargado de la coordinación administrativa-operativa de la institución, la cual queda conformada por ocho hombres y 10 mujeres.

 “En conferencia de prensa destacó que el cumplimiento del principio de paridad no es sólo un acatamiento de un mandato constitucional, sino que responde a una profunda convicción personal, a fin de abrir espacios reales para la participación de las mujeres.

“Esta convicción —dijo— se materializa en una JGE que por primera vez en la historia logra una integración plenamente paritaria y del más alto nivel técnico, pues “es un reflejo de nuestra convicción democrática”, lo cual se refleja en que incluye a personas integrantes de la comunidad indígena y de la población LGBTTIQ+. En conclusión, puntualizó, en el INE se tiene claridad de que “la paridad no es un discurso; es una ruta que se construye con decisiones concretas”.

Además de hacer uso de la inconstitucional atribución que la mayoría oficialista en el Congreso de la Unión le otorgó para designar por si y ante sí a los funcionarios de la Junta General Ejecutiva y Unidades Técnicas del INE, la consejera presidenta pretende engañar a la opinión pública presumiendo una “integración plenamente paritaria” de la Junta General Ejecutiva. Lo que es falso.

En efecto, la supuesta paridad de género es un artificio producto de la ilegal ampliación de la Junta General Ejecutiva, decidida de manera unilateral por la misma consejera presidenta del INE. 

El articulo 47 de la Ley General de Instituciones y procedimientos Electorales establece lo siguiente:

“Artículo 47.

1. La Junta General Ejecutiva será presidida por el Presidente del Consejo General y se integrará con el Secretario Ejecutivo y con los directores ejecutivos del Registro Federal de Electores, de Prerrogativas y Partidos Políticos, de Organización Electoral, del Servicio Profesional Electoral Nacional, de Capacitación Electoral y Educación Cívica, de Administración, y de Asuntos Jurídicos, así como los titulares de la Unidad Técnica de Fiscalización, de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral y de la Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales.

2. El titular del Órgano Interno de Control podrá participar, a convocatoria del Consejero Presidente, en las sesiones de la Junta General Ejecutiva.”

Por tanto, solo deben ser consideradas para efectos de la paridad de género la siguientes Direcciones y Unidades:

Direcciones Ejecutivas 

  1. Registro Federal de Electores: Alejandro Sosa Durán (H)
  2. Prerrogativas y Partidos Políticos: Alejandro Romero Millán (H)
  3. Organización Electoral: Roberto Carlos Félix López (H)
  4. Servicio Profesional Electoral Nacional: Jorge Egren Moreno Troncoso (H)
  5. Capacitación Electoral y Educación Cívica: Eduardo Hugo Ramírez Salazar (H)
  6. Administración: Liliana Díaz de León Zapata (M)
  7. Asuntos Jurídicos: Anahí Silva Tosca (M)

5 hombres, 2 mujeres

 

 Unidades Técnicas

  1. Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral: Guadalupe Yessica Alarcón Góngora (M)
  2. Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales: María Fernanda Romo Gaxiola (M)
  3. Unidad Técnica de Fiscalización: Mario Alberto Alejo García (H)

1 hombre, 2 mujeres.

Total: 6 hombres, 4 mujeres. (60% hombres, 40% mujeres)

Nota: Al igual que en el Consejo General, la persona titular de la presidencia del INE, no se considera para el cálculo numérico de la paridad de género entre las consejerías electorales, la persona titular de la Secretaría Ejecutiva no debe ser considerada para el cálculo de paridad en la Junta General Ejecutiva.

No hay paridad de género, ni numérica ni sustantiva. En efecto, además de no cumplir la regla del 50% para cada género, la consejera presidenta designó en las direcciones ejecutivas, que son el eje articulador del cuerpo técnico del INE, a solamente dos mujeres, que además ocuparán la titularidad de las dos áreas de menor significado e importancia en la organización y desarrollo de los procesos electorales. 


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Jorge Alcocer V.

Director fundador de Voz y Voto.


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