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La inclusión como reto

La interseccionalidad, interculturalidad y la no discriminación son temas que han ganado relevancia en el ámbito jurídico internacional y nacional, reflejando la evolución de las sociedades hacia un reconocimiento más amplio de la diversidad y la inclusión. En este contexto, las normas y jurisprudencias que abordan estos temas son fundamentales para entender cómo los sistemas legales están adaptando sus marcos para proteger los derechos de grupos históricamente marginalizados y promover una sociedad más equitativa.

La interseccionalidad se refiere al estudio de cómo diferentes formas de discriminación (como la raza, el género, la clase social, la orientación sexual, entre otras) se intersectan y sobrepasan, creando niveles únicos de desventaja. La interculturalidad, por otro lado, se centra en la promoción del diálogo y el entendimiento entre culturas, reconociendo y valorando la diversidad cultural dentro de un marco de igualdad y respeto mutuo.

La no discriminación es un principio fundamental de la doctrina de los derechos humanos y se refiere a la obligación de los Estados de tratar a todas las personas con igualdad ante la ley, sin discriminación por motivos de raza, género, religión, orientación sexual, discapacidad, entre otros. Es por ello que, las normas de no discriminación, interculturalidad e interseccionalidad reflejan un compromiso creciente con la justicia social y la igualdad. A través de estos esfuerzos legales, se busca construir sociedades más inclusivas y respetuosas de la diversidad humana, donde todos los individuos puedan vivir libremente sin temor a la discriminación y con pleno respeto a sus derechos y dignidad.

Bajo estas premisas, la Comisión Permanente de Igualdad de Género y No Discriminación del Instituto Nacional Electoral fue creada por acuerdo del Consejo General del INE el 17 de abril de 2020, tras la reforma de abril del mismo año en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de violencia política contra las mujeres en razón de género, por la que se modificaron y adicionaron diversas disposiciones a seis leyes generales y dos federales. Dentro de dichas reformas se modificó el artículo 42 de la LGIPE en el sentido de establecer que la Comisión de Igualdad de Género y No Discriminación (CIGYND) debería funcionar permanentemente y que la presidencia de ésta sería rotativa en forma anual entre las consejeras y consejeros electorales. Es así que, cada año, la CIGYND ha cambiado de presidencia y de configuración, siendo ya una práctica que la conformación sea paritaria, y que habitualmente la presidencia haya sido ocupada por una mujer. 

A esta Comisión Permanente le precedieron, desde el entonces IFE y luego al INE, una serie de esfuerzos en pro de la igualdad de género y no discriminación; acuerdos del Consejo General, grupos de trabajo, comisiones temporales en el marco de los procesos electorales hasta la creación de la Unidad Técnica de Igualdad de Género y No Discriminación (UTIGYND). Los principales ejes de trabajo de la Comisión han sido: 1) El seguimiento al principio constitucional de paridad de género, 2) la prevención de la violencia política contra las mujeres en razón de género, 3) el seguimiento a la aplicación por parte de los partidos políticos de sus recursos para apoyar el liderazgo político de las mujeres y, 4) garantizar el derecho a la no discriminación e inclusión en la participación política de los grupos de atención prioritaria bajo el principio de igualdad y no discriminación.

En relación a la paridad de género en procesos locales durante el 2023, algunas líneas de acción a resaltar son:

 

• Durante los procesos locales del 2023, en materia de paridad en gubernaturas, se realizó el seguimiento a los OPL de los dos estados con elecciones locales, para la modificación de los documentos básicos de los partidos políticos, a fin de incorporar los criterios sobre paridad sustantiva en la postulación a gubernaturas;

 

• El fortalecimiento de liderazgos políticos de las mujeres y el reconocimiento de la intersección del género con otras condiciones de desigualdad, dentro de la cual se dio seguimiento al Programa de Liderazgo de las Mujeres en la Política realizado por la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Interamericana de Mujeres (CIM) de la Organización de los Estados Americanos (OEA), programa coordinado por la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica (DECEYEC) del INE; y

 

• Análisis de medios de comunicación y redes sociales en torno a la participación de las mujeres durante las campañas y los procesos electorales, dentro del cual se revisó la Metodología para el informe en las elecciones del estado de México y Coahuila de 2023.

 

Del eje de prevención de la Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género (VPMRG), destaco:

 

• La realización de un foro y la capacitación en cada entidad federativa con proceso electoral 2022-2023 (estado de México y Coahuila), en coordinación con los OPL, la UTIGYND, DECEYEC y la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE) en materia de paridad, elecciones incluyentes y prevención de la VPMRG, enfatizando la violencia digital y mediática enmarcada en la línea de acción de prevención de la violencia política contra las mujeres en razón de género en los partidos políticos (PP);

 

• La presentación, en los dos primeros meses del año, de los programas anuales de trabajo de los PP conforme a lo establecido en el artículo 15 de los Lineamientos para que los PP prevengan, atiendan, sancionen, reparen y erradiquen la VPMRG. Dicha presentación está incluida en la línea de acción de resultados de la implementación de medidas de atención a la VPMRG; y,

 

• La aprobación de las modificaciones a los documentos básicos de los partidos políticos nacionales previstas en la línea de acción “Adecuación de los documentos básicos de los partidos políticos y agrupaciones políticas nacionales”, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en los Lineamientos para que prevengan, atiendan, sancionen, reparen y erradiquen la VPMRG.

 

En el eje de Inclusión, no discriminación y acciones afirmativas, se monitoreó y revisó el Concurso Nacional “Tejiendo redes ciudadanas por juventudes diversas” que organiza la DECEYEC, se colaboró en la definición de acciones afirmativas para mujeres y otros grupos en situación de discriminación a partir del análisis de las acciones afirmativas implementadas en los procesos electorales federales 2017-2018 y 2020- 2021, y en mesas de análisis con grupos en situación de discriminación, con un enfoque basado en el principio pro persona y de progresividad. Se impulsó y dio seguimiento a la sensibilización en el marco de la prueba piloto de voto anticipado en materia de igualdad y no discriminación de personas con discapacidad física y adultas mayores, dirigida a personal de órganos desconcentrados, en los procesos electores locales 2023 de Coahuila y estado de México.

En los últimos años, regresando la mirada hacia el interior del Instituto, se ha incorporado a la agenda de la Comisión el seguimiento a las políticas institucionales y laborales en materia de igualdad de género y no discriminación, desde acciones afirmativas hasta protocolos y sistemas de contratación y ascenso incluyentes de personas con discapacidad o personas de la comunidad LGBTTQ+. Lo anterior permitió que el 21 de diciembre de 2023 se entregara al INE el distintivo oro de la certificación en la Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2015 en igualdad laboral y no discriminación que establece los requisitos para que los centros de trabajo públicos, privados y sociales integren, implementen y ejecuten dentro de sus procesos de gestión y de recursos humanos, prácticas para la igualdad laboral y no discriminación.

En este año de elecciones, los esfuerzos de la Comisión se orientarán a fortalecer en el marco del proceso electoral federal 2024, el pleno ejercicio de los derechos políticos y electorales de las mujeres, la participación política de las mexicanas y de personas integrantes de los grupos en situación de discriminación, en condiciones de igualdad, paridad y libre de violencias; bajo los principios pro persona, de progresividad e interseccionalidad. 

Como se puede observar en esta breve revisión de la labor y logros de la CIGYND, el ámbito electoral ha sido punta de lanza en la tarea del Estado mexicano para garantizar los derechos y libertades de toda la ciudadanía, impulsar la paridad de género, así como la prevención y erradicación de la violencia política, especialmente en razón de género. En este sentido, los derechos políticos y electorales han sido derechos llave para que las mujeres conquistemos y ejerzamos otros derechos, ya que nos permiten incidir en las leyes y en la toma decisiones en las instituciones, vida pública y política. 

Con las reformas políticas y electorales respecto a la paridad de género iniciadas en 2014 y optimizadas con las reformas de 2019, 2020 y 2023, “Paridad en Todo”, “Violencia Política contras las Mujeres en Razón de Género” y “3 de 3” –ahora “8 de 8 contra la violencia”–, se hizo notable la diferencia en la ruta hacia la igualdad sustantiva. Desde 2018 se logró, por primera vez, la paridad de género en la Cámara de Diputados (50.8 % de hombres y 49.2 % de mujeres), y en el Senado de la República (51 % de mujeres y 49 % de hombres). 

Además, como nunca en la historia del país, contamos el año pasado con diez mujeres como titulares de los poderes ejecutivos estatales, y de cara a la jornada electoral del próximo junio, tendremos al menos cinco candidatas más para las gubernaturas y jefatura de gobierno de la Ciudad de México, así como dos candidatas a la Presidencia de la República.1 Por lo tanto, los resultados de esta elección serán históricos, trascendentales y sin precedentes en la democratización de nuestro país. No obstante, se vislumbran algunos retos tendientes a la erradicación de la discriminación y la consecución de la igualdad sustantiva:

 

1) Paridad cuantitativa o descriptiva, pues el cargo debe traducirse en un ejercicio real del poder y que sean ellas quienes gobiernen y tomen decisiones por sí y en favor de las mujeres. Para lograr esta meta, encontramos aun obstáculos estructurales y de fuerte arraigo cultural en las instituciones políticas del país, medios de comunicación y estructuras gubernamentales, así como una cadena de desigualdades y expresiones de violencia política, en el ámbito privado y público.2

 

2) Incorporar en la práctica cotidiana el enfoque de la interculturalidad que favorezca no sólo escuchar o “considerar” las voces de los pueblos y comunidades indígenas, afromexicanas y afrodescendientes, sino el intercambio real de experiencias, sabiduría, conocimiento y perspectivas para la mejora de nuestro sistema democrático y beneficio de toda la ciudadanía, haciendo que las personas de las comunidades sean actores principales en la construcción de medidas de nivelación;

 

3) El aprendizaje y la incorporación del enfoque interseccional que busque incluir y garantizar los derechos de la gran diversidad ciudadana actual, de los nacientes sujetos políticos y de los grupos históricamente invisibilizados y discriminados.

 

En este sentido, también considero un desafío la implementación de nuevas medidas para prevenir la violencia digital, y las nuevas formas de organización de la sociedad y la configuración de sujetos políticos, movimientos sociales y disidencias, particularmente con la explosión de la virtualidad, la digitalización, inteligencia artificial, los medios de comunicación y redes sociales. 

Para evidenciar esta afirmación, debo referir a una nueva herramienta de la Inteligencia Artificial (IA)3 que permite crear videos, imágenes o audios falsos y realistas, haciendo que una persona aparezca haciendo o diciendo algo que en realidad no hizo o dijo.4 A esta herramienta se le conoce como deepfake, en idioma inglés, o falsificación profunda, traducida al castellano. Tal como en enero del año en curso se hizo con una de las precandidatas a la Presidencia del país. Entonces, es posible que se cometa violencia política a través de esta técnica, ya que se pueden generar imágenes, videos y audios en los que se utilice la imagen, voz y ademanes de la persona (con insumos como datos, información, imágenes, existentes en internet) para que aparezca diciendo o haciendo algo que en realidad no hizo o dijo. Especialmente en las mujeres se podría generar, con esta técnica, material o contenido para cosificar y/o sexualizar su cuerpo, o ridiculizar su imagen porque no cumple con los estereotipos de belleza tradicionalmente impuestos a nosotras, y de esta manera limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de sus derechos políticos y electorales. Para finalizar, me parece importante considerar:

 

1) Reconocimiento de la complejidad de la discriminación: la jurisprudencia actual refleja un entendimiento profundo de que la discriminación no opera de manera aislada, sino que se manifiesta a través de intersecciones complejas de identidades como raza, género, clase social y orientación sexual. Este reconocimiento es crucial para abordar las desigualdades de manera efectiva y justa.

 

2) Promoción de la interculturalidad: la adopción de marcos legales que promueven el diálogo y el respeto mutuo entre diversas culturas es un paso adelante en la construcción de sociedades más inclusivas. El reconocimiento de sistemas jurídicos indígenas dentro de las estructuras legales nacionales destaca la importancia de respetar y valorar la diversidad cultural y las tradiciones propias de cada comunidad.

 

3) Compromiso con la no discriminación: la jurisprudencia subraya la obligación de los Estados de asegurar la igualdad ante la ley para todas las personas, sin distinción alguna. Algunas decisiones judiciales en este ámbito establecen precedentes vitales para la protección de los derechos humanos y la promoción de sociedades más equitativas.

 

4) Necesidad de un enfoque holístico y contextualizado: es esencial adoptar un enfoque que reconozca la complejidad de las experiencias humanas y las múltiples formas en que se puede experimentar la discriminación y sus consecuencias.

 

Estas conclusiones destacan la importancia de una continua adaptación y evolución del derecho para abordar, de manera efectiva, las realidades cambiantes de la sociedad, asegurando la protección y el respeto de los derechos de toda persona en su diversidad.


1 Ahora son nueve gubernaturas debido a que la jefa de gobierno de la Ciudad de México tiene licencia para participar en las elecciones a la Presidencia de la República.

2 2022. Meléndez, Bárbara. ¿A qué nos referimos con resignificar los espacios paritarios? Representación Política, trabajo legislativo y desempeño laboral de las diputadas de la LX Legislatura en Puebla. Instituto Electoral del Estado de México.

3 Definición de deepfake en: https://www.merriam-webster.com/dictionary/deepfake consultado en manuscrito del Manual sobre violencia política contra las mujeres en la esfera digital y mediática. INE, 2024.

4 Deepfake: qué es y cómo se ha utilizado | Ejemplos de Deepfake (neuronet.cl) consultado en manuscrito del Manual sobre violencia política contra las mujeres en la esfera digital y mediática. INE, 2024.

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Rita Bell López Vences

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